1.-Solicitar y diligenciar el formulario único nacional (debe de estar firmado por el o los titulares del predio), relacionar las direcciones de los predios colindantes.
2.-Copia de documento de identidad del solicitante cuando sea persona natural o certificado de existencia y representación legal, y si se trata de personas jurídicas deberá expedir el certificado en la cámara de comercio correspondiente. (Con fecha de expedición no superior a un mes).
3.-Poder especial debidamente otorgado ante un juez o notario, cuando se actúe mediante apoderado o mandatario.
4.-Último recibo de pago del impuesto predial donde figure la nomenclatura alfanumérica o identificación del predio.
5.-Copia del certificado de tradición y libertad del inmueble no superior a un mes (este documento se solicita en la oficina de registro y notariado)
6.-Copia de la matricula profesional de los profesionales intervinientes en el trámite.
7.-La relación de la dirección de los predios colindantes al proyecto objeto de la solicitud, esta deberá ir en el formulario único nacional.
8.-Plano topográfico georreferenciado al marco de referencia MAGNA SIRGAS, de acuerdo con las especificaciones técnicas de la Infraestructura Colombiana de Datos Espaciales ICDE – IGAC del predio o predios objeto de la solicitud, firmado por el ingeniero topográfico matriculado o topógrafo profesional licenciado de acuerdo con la Ley; 70 de 1979, en el cual se indique el área, los linderos y todas las reservas, secciones viales, afectaciones y limitaciones urbanísticas debidamente amojonadas y con indicación de coordenadas, también se identificarán claramente todos los elementos de importancia ecosistémica, tales como humedales y rondas de cuerpos de agua.
9.-Plano impreso del proyecto de parcelación, debidamente firmado por un arquitecto con matrícula profesional y el solicitante de la licencia, que contenga los predios resultantes de la parcelación propuesta si a ello hubiere lugar, debidamente amojonados y alinderados, según lo establecido en las normas vigentes y su respectivo cuadro de áreas, perfil vial y demás exigencias que establezcan las normas urbanísticas municipales o distritales, así como la legislación ambiental.
10.-Copia de las autorizaciones que sustenten la forma en que se prestarán los servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico, o las autorizaciones y permisos ambientales para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables.
REQUISITOS
1. Solicitar y diligenciar el formulario único nacional (debe de estar firmado por el o los titulares del predio), relacionar las direcciones de los predios colindantes.
2. Copia de documento de identidad del solicitante cuando sea persona natural o certificado de existencia y representación legal, y si se trata de personas jurídicas deberá expedir el certificado en la cámara de comercio correspondiente. (Con fecha de expedición no superior a un mes).
3. Poder especial debidamente otorgado ante un juez o notario, cuando se actúe mediante apoderado o mandatario.
4.Último recibo de pago del impuesto predial donde figure la nomenclatura alfanumérica o identificación del predio.
5. Copia del certificado de tradición y libertad del inmueble no superior a un mes (este documento se solicita en la oficina de registro y notariado).
6. La relación de la dirección de los predios colindantes al proyecto objeto de la solicitud, esta deberá ir en el formulario único nacional.
7. Copia de la matricula profesional de los profesionales intervinientes en el trámite.
8. Para las modalidades de subdivisión rural y urbana, un plano del levantamiento topográfico que refleja el estado de los predios antes y después de la subdivisión propuesta, debidamente amojonado y alinderado según lo establecido en las normas vigentes y con su respectivo cuadro de áreas.
a). Se pretenda dividir la parte del predio que esté ubicada en suelo urbano de la parte que se localice en suelo de expansión urbana o en suelo rural;
b). Existan reglas especiales para subdivisión previa al proceso de urbanización contenidas en el plan de ordenamiento territorial o los instrumentos que lo desarrollen o complementen.
REQUISITOS
1. Solicitar y diligenciar el formulario único nacional (debe de estar firmado por el o los titulares del predio), relacionar las direcciones de los predios colindantes.
2. Copia de documento de identidad del solicitante cuando sea persona natural o certificado de existencia y representación legal, y si se trata de personas jurídicas deberá expedir el certificado en la cámara de comercio correspondiente. (Con fecha de expedición no superior a un mes).
3. Poder especial debidamente otorgado ante un juez o notario, cuando se actúe mediante apoderado o mandatario.
4.Último recibo de pago del impuesto predial donde figure la nomenclatura alfanumérica o identificación del predio.
5. Copia del certificado de tradición y libertad del inmueble no superior a un mes (este documento se solicita en la oficina de registro y notariado).
6. La relación de la dirección de los predios colindantes al proyecto objeto de la solicitud, esta deberá ir en el formulario único nacional.
7. Copia de la matricula profesional de los profesionales intervinientes en el trámite.
8. Para las modalidades de subdivisión rural y urbana, un plano del levantamiento topográfico que refleja el estado de los predios antes y después de la subdivisión propuesta, debidamente amojonado y alinderado según lo establecido en las normas vigentes y con su respectivo cuadro de áreas.
Es la autorización para dividir, redistribuir o modificar el loteo de uno o más predios previamente urbanizados o legalizados. de conformidad con las normas urbanísticas que para el efecto establezcan el Plan de Ordenamiento Territorial y los instrumentos que lo desarrollen y complementen. En esta modalidad de licencia se podrá hacer redistribución de los espacios privados.
REQUISITOS
1. Solicitar y diligenciar el formulario único nacional (debe de estar firmado por el o los titulares del predio), relacionar las direcciones de los predios colindantes.
2. Copia de documento de identidad del solicitante cuando sea persona natural o certificado de existencia y representación legal, y si se trata de personas jurídicas deberá expedir el certificado en la cámara de comercio correspondiente. (Con fecha de expedición no superior a un mes).
3. Poder especial debidamente otorgado ante un juez o notario, cuando se actúe mediante apoderado o mandatario.
4.Último recibo de pago del impuesto predial donde figure la nomenclatura alfanumérica o identificación del predio.
5. Copia del certificado de tradición y libertad del inmueble no superior a un mes (este documento se solicita en la oficina de registro y notariado).
6. La relación de la dirección de los predios colindantes al proyecto objeto de la solicitud, esta deberá ir en el formulario único nacional.
7. Copia de la matricula profesional de los profesionales intervinientes en el trámite.
La construcción de toda edificación destinada al equipamiento comunal requerirá la respectiva licencia de construcción y sólo podrá localizarse sobre las áreas de cesión destinadas para este tipo de equipamientos, según lo determinen los actos administrativos respectivos.
REQUISITOS:
4.1 Localización del proyecto en el espacio público a intervenir en escala 1:250 o 1:200 que guarde concordancia con los cuadros de áreas y mojones del plan urbanístico cuando este exista.
4.2 Para equipamientos comunales se deben presentar, plantas, cortes y fachadas del proyecto arquitectónico a escala 1:200 001:100.
4.3 Cuadro de áreas que determine índices de ocupación, porcentajes de zonas duras, zonas verdes, áreas libres y construidas según sea el caso y cuadro de arborización en el evento de existir.
4.4 Registro fotográfico de la zona a intervenir.
4.5 Especificaciones de diseño y construcción del espacio público.
Por medio de esta licencia se autoriza la intervención del espacio público para:
Los municipios y distritos establecerán qué tipo de amoblamiento sobre el espacio público requiere de la licencia de intervención y ocupación del espacio público, así como los procedimientos y condiciones para su expedición.
REQUISITOS:
4.1 Localización del proyecto en el espacio público a intervenir en escala 1:250 o 1:200 que guarde concordancia con los cuadros de áreas y mojones del plan urbanístico cuando este exista.
4.2 Para equipamientos comunales se deben presentar, plantas, cortes y fachadas del proyecto arquitectónico a escala 1:200 001:100.
4.3 Cuadro de áreas que determine índices de ocupación, porcentajes de zonas duras, zonas verdes, áreas libres y construidas según sea el caso y cuadro de arborización en el evento de existir.
4.4 Registro fotográfico de la zona a intervenir.
4.5 Especificaciones de diseño y construcción del espacio público.
Es la autorización otorgada por la autoridad municipal o distrital competente, por la Gobernación del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, o por la autoridad designada para tal efecto, de acuerdo con lo dispuesto en el Plan de Ordenamiento Territorial y los instrumentos que lo desarrollen o complementen, para ocupar o intervenir temporalmente las playas y zonas de bajamar, sin perjuicio de las concesiones, permisos o autorizaciones cuyo otorgamiento le corresponda a la Dirección General Marítima –Dimar– o al Instituto Nacional de Concesiones –INCO–.
REQUISITOS:
4.1 Localización del proyecto en el espacio público a intervenir en escala 1:250 o 1:200 que guarde concordancia con los cuadros de áreas y mojones del plan urbanístico cuando este exista.
4.2 Para equipamientos comunales se deben presentar, plantas, cortes y fachadas del proyecto arquitectónico a escala 1:200 001:100.
4.3 Cuadro de áreas que determine índices de ocupación, porcentajes de zonas duras, zonas verdes, áreas libres y construidas según sea el caso y cuadro de arborización en el evento de existir.
4.4 Registro fotográfico de la zona a intervenir.
4.5 Especificaciones de diseño y construcción del espacio público.
Es la autorización para adelantar obras de edificación en terrenos no construidos o cuya área esté libre por autorización de demolición total.
1. Solicitar y diligenciar el formulario único nacional (debe de estar firmado por el o los titulares del predio), relacionar las direcciones de los
predios colindantes.
2. Copia de documento de identidad del solicitante cuando sea persona natural o certificado de existencia y representación legal, y si se
trata de personas jurídicas deberá expedir el certificado en la cámara de comercio correspondiente. (Con fecha de expedición no superior
a un mes).
3. Poder especial debidamente otorgado ante un juez o notario, cuando se actúe mediante apoderado o mandatario.
4. Último recibo de pago del impuesto predial donde figure la nomenclatura alfanumérica o identificación del predio.
5. Copia del certificado de tradición y libertad del inmueble no superior a un mes (este documento se solicita en la oficina de registro y
notariado)
6. La relación de la dirección de los predios colindantes al proyecto objeto de la solicitud, esta deberá ir en el formulario único nacional.
7. Copia de la matricula profesional de los profesionales intervinientes en el trámite.
8. (2) copias de planos arquitectónicos, firmados por el arquitecto con su respectivo número de Tarjeta) profesional y fotocopia de esta.
9. (2) copias de planos estructurales, (2) copias de memoria de cálculo, firmados por el ingeniero Civil con su respectivo número de
matrícula profesional, todo lo anterior deberá cumplir con lo establecido en la Ley 400 de 1997 y la (NSR-10), y en las demás normas
complementarias sobre construcciones sismorresistentes y (2) dos copias de Estudio de suelos cumpliendo con la ley 400/97 (NSR10) y
las demás normas complementarias. Los planos estructurales y las memorias deberán estar firmados por el revisor
independiente.
10. Revisión independiente de los diseños estructurales en edificaciones que tengan más de dos mil metros cuadrados (2.000m2), en
cualquiera de los tres eventos estipulados en la Ley 400 de 1997 modificada por la Ley 1796 de 2016 y el Decreto 0945 de 2017.
11. Si es del caso Anteproyecto aprobado por el Ministerio de Cultura si se trata de bienes de interés cultural de carácter nacional o por
la entidad competente si se trata de bienes de interés cultural de carácter departamental, municipal o distrital cuando el objeto de la
licencia sea la intervención de un bien de interés cultural.
12. Se deberá solicitar Visto bueno de la aeronáutica, en caso de requerirla.
13. Cancelar el cargo fijo de expensas.
Es la acción de adicionar áreas cubiertas a una edificación existente.
1. Solicitar y diligenciar el formulario único nacional (debe de estar firmado por el o los titulares del predio), relacionar las direcciones de los
predios colindantes.
2. Copia de documento de identidad del solicitante cuando sea persona natural o certificado de existencia y representación legal, y si se
trata de personas jurídicas deberá expedir el certificado en la cámara de comercio correspondiente. (Con fecha de expedición no superior
a un mes).
3. Poder especial debidamente otorgado ante un juez o notario, cuando se actúe mediante apoderado o mandatario.
4. Último recibo de pago del impuesto predial donde figure la nomenclatura alfanumérica o identificación del predio.
5. Copia del certificado de tradición y libertad del inmueble no superior a un mes (este documento se solicita en la oficina de registro y
notariado)
6. La relación de la dirección de los predios colindantes al proyecto objeto de la solicitud, esta deberá ir en el formulario único nacional.
7. Copia de la matricula profesional de los profesionales intervinientes en el trámite.
8. (2) copias de planos arquitectónicos, firmados por el arquitecto con su respectivo número de Tarjeta) profesional y fotocopia de esta.
9. (2) copias de planos estructurales, (2) copias de memoria de cálculo, firmados por el ingeniero Civil con su respectivo número de
matrícula profesional, todo lo anterior deberá cumplir con lo establecido en la Ley 400 de 1997 y la (NSR-10), y en las demás normas
complementarias sobre construcciones sismorresistentes y (2) dos copias de Estudio de suelos cumpliendo con la ley 400/97 (NSR10) y
las demás normas complementarias. Los planos estructurales y las memorias deberán estar firmados por el revisor
independiente.
10. Revisión independiente de los diseños estructurales en edificaciones que tengan más de dos mil metros cuadrados (2.000m2), en
cualquiera de los tres eventos estipulados en la Ley 400 de 1997 modificada por la Ley 1796 de 2016 y el Decreto 0945 de 2017.
11. Si es del caso Anteproyecto aprobado por el Ministerio de Cultura si se trata de bienes de interés cultural de carácter nacional o por
la entidad competente si se trata de bienes de interés cultural de carácter departamental, municipal o distrital cuando el objeto de la
licencia sea la intervención de un bien de interés cultural.
12. Los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, deberán anexar copia del acta del órgano competente de
administración de la propiedad horizontal o del documento que haga sus veces, según lo disponga el respectivo reglamento de propiedad
horizontal vigente, autorizando la ejecución de las obras solicitadas.
13. Para la Licencia de Ampliación se deberá solicitar Visto bueno de la aeronáutica, en caso de requerirla.
14. Cancelar el cargo fijo de expensas de la Curaduría.
1. Solicitar y diligenciar el formulario único nacional (debe de estar firmado por el o los titulares del predio), relacionar las direcciones de los
predios colindantes.
2. Copia de documento de identidad del solicitante cuando sea persona natural o certificado de existencia y representación legal, y si se
trata de personas jurídicas deberá expedir el certificado en la cámara de comercio correspondiente. (Con fecha de expedición no superior
a un mes).
3. Poder especial debidamente otorgado ante un juez o notario, cuando se actúe mediante apoderado o mandatario.
4. Último recibo de pago del impuesto predial donde figure la nomenclatura alfanumérica o identificación del predio.
5. Copia del certificado de tradición y libertad del inmueble no superior a un mes (este documento se solicita en la oficina de registro y
notariado)
6. La relación de la dirección de los predios colindantes al proyecto objeto de la solicitud, esta deberá ir en el formulario único nacional.
7. Copia de la matricula profesional de los profesionales intervinientes en el trámite.
8. (2) copias de planos arquitectónicos, firmados por el arquitecto con su respectivo número de Tarjeta) profesional y fotocopia de esta.
9. (2) copias de planos estructurales, (2) copias de memoria de cálculo, firmados por el ingeniero Civil con su respectivo número de
matrícula profesional, todo lo anterior deberá cumplir con lo establecido en la Ley 400 de 1997 y la (NSR-10), y en las demás normas
complementarias sobre construcciones sismorresistentes y (2) dos copias de Estudio de suelos cumpliendo con la ley 400/97 (NSR10) y
las demás normas complementarias. Los planos estructurales y las memorias deberán estar firmados por el revisor
independiente.
10. Revisión independiente de los diseños estructurales en edificaciones que tengan más de dos mil metros cuadrados (2.000m2), en
cualquiera de los tres eventos estipulados en la Ley 400 de 1997 modificada por la Ley 1796 de 2016 y el Decreto 0945 de 2017.
11. Si es del caso Anteproyecto aprobado por el Ministerio de Cultura si se trata de bienes de interés cultural de carácter nacional o por
la entidad competente si se trata de bienes de interés cultural de carácter departamental, municipal o distrital cuando el objeto de la
licencia sea la intervención de un bien de interés cultural.
12. Los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, deberán anexar copia del acta del órgano competente de
administración de la propiedad horizontal o del documento que haga sus veces, según lo disponga el respectivo reglamento de propiedad
horizontal vigente, autorizando la ejecución de las obras solicitadas.
13. Para la Licencia de Ampliación se deberá solicitar Visto bueno de la aeronáutica, en caso de requerirla.
14. Cancelar el cargo fijo de expensas de la Curaduría.
Es la autorización para cambiar el uso de una edificación o parte de ella, garantizando la permanencia total o parcial del inmueble original.
1. Solicitar y diligenciar el formulario único nacional (debe de estar firmado por el o los titulares del predio), relacionar las direcciones de
los predios colindantes.
2. Copia de documento de identidad del solicitante cuando sea persona natural o certificado de existencia y representación legal, y si se
trata de personas jurídicas deberá expedir el certificado en la cámara de comercio correspondiente. (Con fecha de expedición no superior
a un mes).
3. Poder especial debidamente otorgado ante un juez o notario, cuando se actúe mediante apoderado o mandatario.
4. Último recibo de pago del impuesto predial donde figure la nomenclatura alfanumérica o identificación del predio.
5. Copia del certificado de tradición y libertad del inmueble no superior a un mes (este documento se solicita en la oficina de registro y
notariado)
6. La relación de la dirección de los predios colindantes al proyecto objeto de la solicitud, esta deberá ir en el formulario único nacional.
7. (2) copias de planos arquitectónicos, firmados por el arquitecto con su respectivo número de la tarjeta profesional y fotocopia de esta,
en los cuales se ilustre la adecuación a realizar.
8. Certificación por parte de un ingeniero Civil que garantice que la adecuación no afecta la estabilidad de la construcción.
9. Aportar Licencia de construcción anterior y los planos que hacen parte integral de esta en caso de poseerla, sino deberá solicitar el
reconocimiento de lo existente.
10. Los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, deberán anexar copia del acta del órgano competente de administración
de la propiedad horizontal o del documento que haga sus veces, según lo disponga el respectivo reglamento de propiedad horizontal
vigente, autorizando la adecuación de las obras solicitadas.
Es la autorización para variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente, sin incrementar su área construida.
1. Solicitar y diligenciar el formulario único nacional (debe de estar firmado por el o los titulares del predio), relacionar las direcciones de los
predios colindantes.
2. Copia de documento de identidad del solicitante cuando sea persona natural o certificado de existencia y representación legal, y si se
trata de personas jurídicas deberá expedir el certificado en la cámara de comercio correspondiente. (Con fecha de expedición no superior
a un mes).
3. Poder especial debidamente otorgado ante un juez o notario, cuando se actúe mediante apoderado o mandatario.
4. Último recibo de pago del impuesto predial donde figure la nomenclatura alfanumérica o identificación del predio.
5. Copia del certificado de tradición y libertad del inmueble no superior a un mes (este documento se solicita en la oficina de registro y
notariado)
6. La relación de la dirección de los predios colindantes al proyecto objeto de la solicitud, esta deberá ir en el formulario único nacional.
7. Copia de la matricula profesional de los profesionales intervinientes en el trámite.
8. (2) copias de planos arquitectónicos, firmados por el arquitecto con su respectivo número de Tarjeta) profesional y fotocopia de esta.
9. (2) copias de planos estructurales, (2) copias de memoria de cálculo, firmados por el ingeniero Civil con su respectivo número de
matrícula profesional, todo lo anterior deberá cumplir con lo establecido en la Ley 400 de 1997 y la (NSR-10), y en las demás normas
complementarias sobre construcciones sismorresistentes y (2) dos copias de Estudio de suelos cumpliendo con la ley 400/97 (NSR10) y
las demás normas complementarias. Los planos estructurales y las memorias deberán estar firmados por el revisor
independiente.
10. Revisión independiente de los diseños estructurales en edificaciones que tengan más de dos mil metros cuadrados (2.000m2), en
cualquiera de los tres eventos estipulados en la Ley 400 de 1997 modificada por la Ley 1796 de 2016 y el Decreto 0945 de 2017.
11. Si es del caso Anteproyecto aprobado por el Ministerio de Cultura si se trata de bienes de interés cultural de carácter nacional o por
la entidad competente si se trata de bienes de interés cultural de carácter departamental, municipal o distrital cuando el objeto de la
licencia sea la intervención de un bien de interés cultural.
12. Los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, deberán anexar copia del acta del órgano competente de
administración de la propiedad horizontal o del documento que haga sus veces, según lo disponga el respectivo reglamento de propiedad
horizontal vigente, autorizando la ejecución de las obras solicitadas.
13. Para la Licencia de Ampliación se deberá solicitar Visto bueno de la aeronáutica, en caso de requerirla.
14. Cancelar el cargo fijo de expensas de la Curaduría.
Es la autorización para adelantar las obras tendientes a recuperar y adaptar un inmueble o parte de este, con el fin de conservar y revelar sus valores estéticos, históricos y simbólicos. Se fundamenta en el respeto por su integridad y autenticidad.
Es la autorización para derribar total o parcialmente una o varias edificaciones existentes en uno o varios predios y deberá concederse de manera simultánea con cualquiera otra modalidad de licencia de construcción.
No se requerirá esta modalidad de licencia cuando se trate de programas o proyectos de renovación urbana, del cumplimiento de orden judicial o administrativa, o de la ejecución de obras de infraestructura vial o de servicios públicos domiciliarios que se encuentren contemplados en el Plan de Ordenamiento Territorial o en los instrumentos que lo desarrollen y complementen.
Es la autorización que se otorga para volver a construir edificaciones que contaban con licencia o con acto de reconocimiento y que fueron afectadas por la ocurrencia de algún siniestro. Esta modalidad de licencia se limitará a autorizar la reconstrucción de la edificación en las mismas condiciones aprobadas por la licencia original, los actos de reconocimientos y sus modificaciones.
Es la autorización para encerrar de manera permanente un predio de propiedad privada.
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